El embargo no es automático y requiere una orden judicial. La normativa argentina protege una parte del salario y establece límites sobre cuánto puede retenerse según el nivel de ingresos.

Las deudas acumuladas con tarjetas de crédito, bancos, financieras o billeteras virtuales pueden eventualmente derivar en un embargo del sueldo, aunque esto no ocurre de manera inmediata por dejar de pagar.

Para que exista una retención sobre los ingresos de un trabajador debe intervenir la Justicia. Un banco, una financiera o un estudio de cobranzas no puede embargar directamente el salario mediante llamados, mensajes de WhatsApp o intimaciones.

El procedimiento requiere que exista un reclamo judicial, que un juez ordene el embargo y que posteriormente se notifique al empleador. Recién entonces la empresa debe efectuar la retención correspondiente y depositar el dinero según lo dispuesto en el expediente.

Antes de llegar a esa instancia, las entidades suelen intentar otras alternativas, como contactar al deudor, ofrecer refinanciaciones o derivar la deuda a estudios especializados en cobranzas.

Cuánto pueden embargar del sueldo

La Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y el Decreto 484/87 establecen límites para proteger una parte de los ingresos del trabajador.

Según los valores consignados, el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) se ubica en $376.600 mensuales y esa suma resulta inembargable.

Cuando el sueldo no supera dos salarios mínimos —$753.200—, puede embargarse hasta el 10% de la remuneración que exceda el SMVM.

Si el ingreso supera los dos salarios mínimos, el límite asciende hasta el 20% del excedente.

El cálculo se realiza sobre el salario neto, una vez descontados los aportes correspondientes.

Por ejemplo, para un sueldo neto de $600.000, el excedente sobre el SMVM sería de $223.400. Aplicando el límite del 10%, el embargo podría alcanzar hasta $22.340 mensuales.

La principal excepción corresponde a las cuotas alimentarias, donde el juez puede establecer porcentajes superiores.

Qué pasa si el sueldo se deposita en una cuenta bancaria

El hecho de que el salario se encuentre depositado en una cuenta sueldo no significa que pueda retenerse todo el dinero disponible.

Los fondos provenientes de la remuneración mantienen la protección correspondiente y el embargo debe respetar los límites establecidos legalmente para el salario.

Por eso, una deuda financiera no habilita a retirar indiscriminadamente todo el sueldo de la cuenta del deudor.

De la mora al juicio: qué puede pasar antes

Mucho antes de un eventual embargo aparecen otras consecuencias. Una de las principales es el deterioro del historial crediticio, que puede dificultar el acceso a nuevas tarjetas, préstamos y financiaciones.

La nota distingue cinco niveles de situación crediticia, desde quienes mantienen sus obligaciones al día hasta aquellos cuyas deudas se consideran incobrables o llegaron a una instancia judicial.

A medida que aumenta el tiempo de atraso, también crecen las posibilidades de que el acreedor avance con acciones destinadas a recuperar el dinero.

Sin embargo, estar informado en registros de deudores no significa automáticamente estar embargado. Son situaciones diferentes y para afectar el salario continúa siendo necesaria la intervención judicial.

¿Las deudas prescriben?

Las obligaciones financieras pueden estar sujetas a plazos de prescripción. En el caso de las tarjetas de crédito, la nota señala un plazo de tres años desde la mora.

Pero la prescripción no necesariamente implica que simplemente haya que esperar a que transcurra ese período.

Determinadas actuaciones pueden modificar los plazos. Por ejemplo, un pago parcial o el inicio de determinadas acciones judiciales puede afectar el cómputo de la prescripción.

Además, aun cuando una deuda deje de resultar exigible por el transcurso del tiempo, los antecedentes de incumplimiento pueden seguir teniendo consecuencias sobre la evaluación crediticia del cliente.

Qué hacer ante una orden de embargo

Si una persona recibe una notificación judicial, lo primero es comprobar qué juzgado interviene, cuál es el expediente, quién reclama y qué monto se exige.

También resulta importante verificar que la deuda sea correcta y controlar que cualquier descuento efectuado sobre el salario respete los límites legales.

La existencia de un juicio tampoco impide necesariamente llegar a un acuerdo. Según la nota, puede negociarse un plan de pagos que permita reducir o levantar el embargo si es aceptado y homologado dentro del expediente.

La diferencia fundamental es, entonces, entre una intimación de cobranza y un embargo judicial: recibir llamados o mensajes reclamando una deuda no significa que el sueldo ya pueda ser retenido.