El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debería revocar la medida cautelar que restituyó provisoriamente la pensión vitalicia que percibe Cristina Fernández de Kirchnercomo viuda del expresidente Néstor Kirchner.
En un dictamen de 13 páginas, Casal sostuvo que la decisión de la Cámara Federal de la Seguridad Social presenta una «contradicción jurídica insalvable», ya que reconoce que la interpretación de los efectos de la condena penal corresponde al juez de ejecución, pero al mismo tiempo restablece el beneficio previsional mediante una medida cautelar.
Los argumentos de la Procuración
El jefe del Ministerio Público Fiscal afirmó que la Cámara omitió analizar adecuadamente el alcance del artículo 19 del Código Penal, que establece que las condenas a prisión superiores a tres años llevan aparejada la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.
Según ese artículo, la inhabilitación implica, entre otras consecuencias, la suspensión del goce de jubilaciones, pensiones o retiros especiales.
Para Casal, la resolución cuestionada priorizó únicamente el carácter alimentario de la prestación y dejó de lado los efectos jurídicos de una sentencia penal firme, lo que —a su criterio— afecta el respeto que deben tener las decisiones judiciales firmes.
Además, advirtió que la medida cautelar genera un «grave conflicto institucional» al interferir con la ejecución de una condena dictada por otro fuero.
Cómo se originó la controversia
La discusión comenzó en noviembre de 2024, cuando la Administración Nacional de la Seguridad Social resolvió dar de baja los beneficios especiales que percibía Cristina Kirchner tras la confirmación de su condena por corrupción en la causa Vialidad.
La exmandataria inició una demanda para impugnar esa decisión y solicitó una medida cautelar para recuperar, al menos provisoriamente, la pensión como viuda de Néstor Kirchner.
Aunque el planteo fue rechazado en primera instancia, la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó posteriormente restituir cautelarmente el beneficio mientras continúa el juicio principal.
Qué puede decidir ahora la Corte
El dictamen de Casal no es obligatorio para la Corte Suprema, pero constituye un paso previo habitual antes de que el máximo tribunal dicte sentencia.
Ahora los jueces deberán resolver si:
- mantienen la cautelar que restituyó provisoriamente la pensión, o
- hacen lugar al planteo del Estado y revocan esa decisión al considerar que la condena firme y la inhabilitación absoluta impiden continuar percibiendo el beneficio.
La resolución que adopte la Corte no solo impactará sobre la situación de Cristina Kirchner, sino que también fijará un criterio respecto de cómo las condenas penales firmes pueden afectar las pensiones especiales previstas para expresidentes y sus derechohabientes.